Subvenciones y ayudas por la realización de un contrato para la formación y el aprendizaje

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Escrito por Miércoles, 11 Marzo 2020 08:30;
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La tasa nacional de paro juvenil es la segunda más elevada de la UE, por eso La formación profesional ofrece una alternativa técnica y con una alta empleabilidad. El objetivo de este contrato es proporcionar formación a aquellos trabajadores que no la posean, por tanto, el contrato para la formación y el aprendizaje tiene como finalidad la acreditación del trabajador de una cualificación profesional mientras tiene un contrato laboral con una empresa.

Ventajas para la empresa por la realización de un contrato para la formación y el aprendizaje:

  • Bonificación del 100% del coste de la formación teórica sin consumir crédito formativo.
  • Exención del pago de los Seguros Sociales del trabajador:
    • Empresas de <250 trabajadores: exención del 100% = Coste O€ 
    • Empresas de >250 trabajadores: 75% de la cuota fija de 134,16€ = coste 33,54€
  • Bonificación adicional para financiar los costes de tutorización de la empresa, entre 60 y 80 € mensuales (variará en función del volumen de plantilla que tenga la empresa).
  • La retribución del trabajador se fijará en proporción al tiempo de trabajo efectivo, de acuerdo con lo establecido en Convenio Colectivo sin que, en ningún caso, pueda ser inferior al salario mínimo interprofesional en proporción al tiempo trabajado.
  • Sin límite en el número de contratos: la empresa puede tener tantos empleados contratados bajo esta modalidad como necesite.
  • Sistema Nacional de Garantía Juvenil: si el trabajador está inscrito en Garantía Juvenil, se pueden aumentar las bonificaciones por formación, hasta un 50 % el primer año y un 25 % el segundo y tercer año de contrato.
  • La rescisión de contrato no implica la devolución de las bonificaciones practicadas.
  • Modalidad válida para contratación por parte de un autónomo (consulta el caso concreto)

 ayudas a la contratación por medio de contratos de formación

Y además, con ayudas adicionales y subvenciones en determinadas Comunidades Autónomas:

 

SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE UN CONTRATO DE FORMACIÓN

 

  1. Madrid. Ayudas específicas al Contrato de Formación y Aprendizaje.

2.940€ por cada contrato en formación y aprendizaje a tiempo completo por los seis primeros meses del contrato sin perjuicio de la duración que para estos contratos establezca la normativa laboral de aplicación.

Se incrementará en 500 en el caso de que la persona contratada sea mujer o pertenezca al colectivo de personas Trans.

Las solicitudes deberán presentarse en el plazo máximo de un mes desde la fecha de alta del trabajador en el régimen correspondiente de la Seguridad Social en la web de Gestiones y trámites de Madrid.org

 

  1. Provincia de Barcelona: Proyecto Singulars.

El objetivo de los Proyectos singulares es reforzar la empleabilidad de las personas jóvenes no ocupadas y no integradas en los sistemas de educación o formación, mediante la realización de actuaciones incluídas en lo que determina el Plan Nacional de Implementación de la Garantía Juvenil.

Las empresas inscritas en la Línea 2 de actuación, pueden contratar bajo un contrato de formación, teniendo en cuenta la convocatoria y el acceso a la misma. La subvención programada para las empresas inscritas en la Linea 2 es del 75% del SMI durante 6 meses. Más información en la web del Servei d`ocupació de Catalunya.

 

AYUDAS POR TRANSFORMACIÓN EN INDEFINIDO

Para todas las Comunidades autónomas existe una ayuda adicional de Bonificación por transformación en indefinidos:

    • 1.500€/año durante 3 años (hombres)
    • 1.800€/año durante 3 años (mujeres)

Extremadura. Programa II: Ayudas por transformación de contratos de duración determinada en contratos indefinidos. Compatible con los Contratos para la Formación:

  • 500€ para mujeres
  • 500€ para hombres.

Finaliza el 31 de octubre de 2020.

Más información en el Portal Ciudadano de la Junta de Extremadura.

 

Cantabria: Las empresas que conviertan en indefinidos a tiempo completo contratos para la formación y el aprendizaje tendrán derecho a obtener una subvención de 4.500 € (hombres) o 5.500 € (mujeres).

Estas cuantías se incrementarán en 1.000€ en el caso de que el empleador sea una microempresa (menos de diez trabajadores/as).

Se aplicará otro incremento de 1.000 € en el caso de que en la persona trabajadora se dé alguna de las siguientes circunstancias:

  • Mujer víctima de violencia de género.
  • Persona con discapacidad.
  • Persona cuyo centro de trabajo esté ubicado en alguno de estos diez municipios: Alfoz de Lloredo, Cartes, Los Corrales de Buelna, Miengo, Polanco, Reocín, San Felices de Buelna, Santillana del Mar, Suances y Torrelavega.

Por tanto, el importe de la ayuda podría llegar a un máximo de 7.500 € por contrato transformado.

Más información en la web del Servicio Cántabro de Empleo.

 

 

 

 

 

 

 

 

Visto 11623 veces Modificado por última vez en Miércoles, 11 Marzo 2020 11:42
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